viernes, 22 de julio de 2011

Julio Mes de la Anexión de Guanacaste

Época Prehispánica

A principios del siglo XVI, los grupos indígenas que habitaban el actual territorio de Guanacaste pertenecían al área cultural de Mesoamérica, que se prolongaba por la vertiente del Pacífico hasta las regiones de Orotina y Chorotega.

En el territorio guanacasteco había solamente unas pequeñas comunidades culturalmente pertenecientes al Área Intermedia, como la de los corobicíes. Sin embargo, cabe señalar que entre las áreas mesoamericana e intermedia no hubo una frontera estrictamente delimitada y debieron ser frecuentes los contactos y la transculturación entre ellas, sobre todo en las zonas de confluencia

Casi todos los pueblos que habitaban en Guanacaste hablaban la lengua chorotega (hoy extinta), por lo que a veces se les designa genéricamente con ese nombre. Además, en las vecindades de la actual Bagaces había un enclave de un grupo con raíces culturales mexicanas, cuyo idioma era el náhuatl.

Los chorotegas empezaron a llegar a la península de Nicoya aproximadamente a principios del siglo IX y subordinaron o desplazaron de allí a las poblaciones locales o se mezclaron con ellas. Los nuevos señores introdujeron cambios en la religión, los enterramientos, el arte y otros aspectos, y animales domésticos como el chompipe. Su sociedad era de corte marcadamente androcrático o dominador, ya que existían múltiples relaciones de dominación de unas personas sobre otras -hombres sobre mujeres, ciertos pueblos sobre otros, y ciertos varones sobre las demás personas- y complejas jerarquías, en las que figuraban nobles, guerreros, sacerdotes y ancianos de prestigio llamados huehues.


A la llegada de los castellanos, la población de Nicoya, situada a corta distancia de la actual ciudad de Nicoya, era el centro político, religioso y económico de un reino del que dependían varias provincias en ambas márgenes del golfo y numerosos pueblos tributarios. En ella residía un rey vitalicio, que desempeñaba funciones políticas, religiosas y ceremoniales. En la monarquía nicoyana parece haber prevalecido un sistema dinástico-electivo, es decir, que la sucesión no se practicaba automáticamente en línea directa, sino que al morir un rey se efectuaba una elección entre los diversos miembros de su familia para designar al sucesor.

Los castellanos dieron al rey de Nicoya y a otros monarcas indígenas de Costa Rica el apelativo de cacique, voz antillana con la que designaron prácticamente a todos los reyes, caudillos y señores que encontraron en el continente americano, y cuyo uso en cierta medida terminó por dar a entender que eran de menor relieve que los monarcas europeos.

El rey de Nicoya, según consignó el cronista Gonzalo Fernández de Oviedo y Valdés, que visitó sus dominios en el decenio de 1520, tenía otros vasallos principales y caballeros llamados galpones, que lo acompañaban y resguardaban y eran sus cortesanos y capitanes.


Es posible que estos señores, a los que el cronista describe como arrogantes y crueles, representasen a los diversos clanes y comunidades tributarias de Nicoya, ya que la voz galpón parece derivar de calpulli, palabra que entre los aztecas identificaba a un grupo cuyos miembros tenían antepasados comunes y compartían un territorio dividido en parcelas. En todo caso, la autoridad del rey no era absoluta, ya que se compartía con el monéxico, junta o consejo de huehues elegido cada mes por votación y en el que posiblemente estaban representados los diversos clanes o comunidades. Quizá los miembros del monéxico eran los mismos individuos llamados galpones, ya que así se denominaban también los edificios donde se reunía el consejo.

En las reuniones del monéxico se discutían asuntos de variada naturaleza, entre ellos los militares y administrativos. En algunas comunidades chorotegas, como la de Nagrando, en la actual Nicaragua, el monéxico tenía la potestad de elegir al rey y hasta de darle muerte si lo creía conveniente. En todo caso, en Nicoya el gobernante tenía una autoridad limitada y debía tomar en cuenta las tradiciones y la opinión de la comunidad.

Al monéxico le correspondía también elegir a ciertos ancianos de prestigio como consejeros de la comunidad. Estos ancianos, que debían permanecer solteros y cuya actividad compararon los castellanos con la del sacramento cristiano de la confesión, atendían consultas confidencialmente, formulaban recomendaciones a la persona que buscaba su ayuda y asignaban penitencias tales como barrer las plazas u obtener leña para los templos. Se castigaba con mucha severidad a los consejeros que divulgasen el contenido de las consultas y a los terceros que las escuchasen subrepticiamente.


No está claro si el monexico tenía también funciones judiciales. En su obra Costa Rica, la frontera sur de Mesoamérica, el arquéologo Ricardo Quesada López-Calleja indica que el monarca nombraba como jueces a ancianos experimentados y capaces, cuyos fallos eran inapelables, y que en el caso de bigamia la sentencia la dictaba el consejo.


Los datos disponibles sobre los ordenamientos normativos de los pueblos chorotegas indican que desde un punto de vista jurídico occidental eran sistemas de escasa complejidad, con pocas infracciones y pocas sanciones, y de naturaleza predominantemente consuetudinaria. Sin embargo, es muy posible que también hayan tenido normas escritas. El cronista Antonio de Herrera consignó que los pueblos chorotegas de Nicaragua tenían voluminosos libros de papel y pergamino, donde consignaban hechos memorables y tenían pintadas sus leyes y ritos, y Fernández de Oviedo indicó que poseían libros de cuero de venado, donde con tinta roja y negra consignaban sus términos y heredamientos, para que cuando hubiese contiendas o pleitos determinarlos allí con la opinión de los ancianos. A principios del siglo XX se halló en la isla de Chira un libro cuadrado con jeroglíficos, que fue llamado “el misal chorotega”; pero se ignora el destino que haya corrido.

En la sociedad chorotega tenían mucha importancia los vínculos familiares. Aunque la organización social era androcrática y patriarcal, la organización familiar era fundamentalmente cognática o matrilineal; además, según Fernández de Oviedo, los chorotegas eran “muy mandados y sujetos a la voluntad de sus mujeres”, y Francisco López de Gómara dijo que eran “valerosos, aunque crueles y muy sujetos a sus mujeres”. Estaba prohibido el matrimonio entre ascendientes, descendientes y hermanos consanguíneos, aunque el incesto era prácticamente desconocido.

El matrimonio era monogámico y al parecer indisoluble, salvo en caso de adulterio o bigamia. Algunos reyes y personajes de alto rango tenían concubinas, pero nunca se les consideraba como esposas legítimas. Habitualmente, el matrimonio requería una serie de ceremonias. Se iniciaba con la petición de mano de la mujer, que efectuaba el padre del pretendiente mediante una visita formal a los padres de aquélla. Si la solicitud era aceptada, se fijaba fecha para la celebración de la boda. El compromiso matrimonial se celebraba con grandes fiestas, a las que acudían las familias de los novios y sus amigos y vecinos. Antes de la boda, ambos contrayentes recibían de sus respectivos padres una dote, que podía incluir tierra cultivable, una vivienda y diversos bienes muebles. Las tierras y las alhajas de valor eran heredadas por los hijos de la pareja; pero si moría uno de los cónyuges sin que el matrimonio hubiese tenido descendencia, esos bienes volvían a poder de sus padres. El padre tenía la potestad de vender a los hijos para sacrificios.


En Nicoya y otro reino cercano, Orotina, los monarcas ejercían el derecho de pernada (ius primae noctis) a pedido de la familia de la mujer, pues así a ésta le era más fácil encontrar marido. Según López de Gómara algunos indígenas chorotegas de Nicaragua cedían voluntariamente la virginidad de sus novias a los reyes.

La ceremonia matrimonial se efectuaba en presencia del rey y de las familias de los novios. El monarca, con su mano derecha, tomaba a los contrayentes por los dedos corazón y meñique de sus manos izquierdas, los conducía hasta una pequeña casa destinada a efectuar ritos matrimoniales y allí les decía: “Mirad que seáis buenos esposos y que miréis por vuestra hacienda, y que siempre la aumentéis y no la dejéis perder.” Después la pareja guardaba silencio mientras miraba arder una astilla de ocote. Cuando ésta se consumía, se consideraba concluida la ceremonia y los nuevos esposos se retiraban a una habitación de la casa para consumar el matrimonio. Las fiestas de la boda se iniciaban al día siguiente, cuando la pareja salía de la casa y el marido manifestaba ante sus amigos y parientes que había encontrado virgen a la mujer. Esta declaración originaba un regocijo general. En caso de que anunciase que la mujer no era virgen y le había sido entregada como tal, la novia era devuelta a casa de sus padres y la boda se tenía por no celebrada. Empero, si desde antes de la boda el novio había sabido que la mujer no era virgen, el matrimonio se consideraba válido.

Muchos varones preferían tomar como cónyuges a mujeres que ya no eran vírgenes e incluso a las que ya tenían gran experiencia sexual. Hay referencias sobre una práctica matrimonial de los nicaraos, que pudo haber existido también entre los chorotegas: una mujer se prostituía para reunir una dote, congregar después a sus clientes, pedirles que en cierto plazo le construyesen entre todos una casa y decirles lo que cada uno debía aportar. Terminado el trabajo, la mujer elegía marido entre los clientes, se celebraba una fiesta y a partir de entonces era considerada una “buena mujer”. Además, aun sin fines matrimoniales, se permitía la prostitución, y Fernández de Oviedo consignó que el precio habitual por los servicios sexuales de una mujer era de diez almendras de cacao. López de Gómara dice que las mujeres “antes de casarse son por lo general malas, y casadas buenas.”

El adulterio de la mujer chorotega era sancionado con una amonestación, un fuerte castigo corporal y la expulsión del hogar. Sus familiares la insultaban y la desconocían, y la comunidad la consideraba como una mujer impura, desleal y desvergonzada. Sin embargo, cuando la comunidad celebraba ritos de catarsis colectiva, a veces acompañados de sacrificios humanos y antropofagia ritual, una mujer casada, incluso de alto rango, podía tener relaciones sexuales con quien quisiese o le pagase, sin que después se presentasen escenas de celos ni castigos.

La bigamia del varón era castigada con la pérdida de bienes y el destierro, y su esposa legítima podía contraer nuevas nupcias, si no tenía hijos con el bígamo. En caso de haberlos, no podía casarse de nuevo, pero si ella se encargaba del cuidado de los hijos, disfrutaba de los bienes del bígamo. La mujer que a sabiendas contraía matrimonio con un hombre casado perdía todos sus bienes a favor de la esposa legítima.

Había otros delitos graves relacionados con la actividad sexual. Si un sirviente tenía relaciones sexuales con la hija de su amo, ambos eran enterrados vivos. También se castigaban con pena de muerte, mediante apedreamiento, las relaciones sexuales entre varones. Quien violase a una mujer era atado en la casa de la ofendida y sus propios parientes debían mantenerlo hasta que compensase el delito con cierta cantidad de bienes; de no hacerlo se convertía en esclavo de la familia de aquélla.

La principal actividad económica de los pueblos chorotegas era la agricultura, que complementaban con otras, como la caza y la pesca. Cultivaban maíz, algodón, frijoles, hortalizas y frutas, y tenían el monopolio de los árboles de nance, mientras que los nicaraos monopolizaban el cultivo del cacao. Como en otras comunidades de Mesoamérica, las relaciones económicas y laborales imperantes entre los chorotegas posiblemente se desarrollaban como redes de reciprocidad en el intercambio de bienes y servicios. La propiedad de la tierra cultivable y el trabajo agrícola entre los chorotegas debieron ser fundamentalmente de índole colectiva. Quesada López-Calleja, en su ya mencionada obra, señala que la propiedad de la tierra no se podía vender y los padres la transmitían a sus hijos o a otros parientes por falta de descendencia, cuando sentían que había llegado su última hora. La referencia a la existencia de los libros de cuero de venado insinúa que existía algún tipo de catastro o registro de planos, aunque es posible que los litigios sobre terrenos no fuesen entre individuos sino entre grupos.


La propiedad privada individual debió existir principalmente con respecto a los bienes muebles. El ladrón era condenado a devolver lo robado y a servir a su víctima para resarcirla del perjuicio, y permanecía atado en casa del ofendido hasta que éste quedase satisfecho; si no se recibía la compensación, podía caer en esclavitud. Algo similar ocurría cuando se cometía un homicidio, ya que el autor debía compensar el hecho con bienes a satisfacción de los familiares de la víctima, y en caso contrario se convertía en su esclavo.

Los tiánguez o mercados desempeñaban un papel central en la vida económica de los pueblos chorotegas, por lo que debieron existir normas de cierta complejidad sobre comercio y contratación. Estos mercados eran atendidos por mujeres, y a ellos no podían ingresar varones de la misma población, salvo jóvenes que nunca hubiesen tenido relaciones sexuales. Los hombres que violasen tales prohibiciones podían ser apedreados o vendidos como esclavos o para ser comidos.

Al frente de los mercados había una especie de jueces-administradores elegidos cada cuatrimestre por el monéxico, para no permitir abusos en las transacciones. Estos jueces castigaban sin remisión alguna a los transgresores de las ordenanzas y costumbres, y hacían que se tratase con mucha cortesía a los forasteros, para que regresasen. Aunque el trueque y la reciprocidad desempeñaran un papel importante en los intercambios, las semillas de cacao servían como moneda, y se presentaban casos de falsificación, mediante la artimaña de extraer el cacao de las semillas y llenar éstas con tierra.


El ordenamiento de los pueblos chorotegas desapareció gradualmente como consecuencia de la conquista. Sin embargo, diversas fuentes de la época de la dominación española elogian las leyes de los nicoyanos y su actitud ante el Derecho. Por ejemplo, en la segunda mitad del siglo XVI el cosmógrafo Don Juan López de Velasco indicó que los indígenas de Nicoya eran “leales y obedientes a las justicias”, y a principios del siglo XVIII todavía se recordaba que se habían regido por leyes sabias y que entre ellos no existían penas para el parricidio y el regicidio, porque consideraban que ninguna persona era capaz de cometer tales delitos.

Es muy poco lo que se conoce sobre las creencias religiosas específicas de los chorotegas, aunque evidentemente eran bastantes afines a las de otros pueblos mesomaericanos, puesto que incluían antropofagia ritual. Los sacerdotes tenían una posición social prominente. En sus poblaciones existían edificios destinados a servir como templos, donde se daba culto a diversos dioses simbolizados en estatuas. Según relató el conquistador Gil González Dávila, en 1523, el recién bautizado rey de Nicoya le dio seis figuras de oro de un palmo de altura, “pues ya él no había de hablar con sus ídolos que me los llevase”.

Los pueblos chorotegas cultivaron diversas formas de artes, pero sus trabajos más notables parecen haberse desarrollado en el campo de la alfarería y el decorado de vasijas y otros recipientes; el cronista Fernández de Oviedo alabó con entusiasmo la loza negra que se fabricaba en la isla de Chira. Al contrario de otros pueblos mesoamericanos, no parecen haber dedicado esfuerzos a la arquitectura monumental, y en el territorio de Guanacaste no se han encontrado vestigios de pirámides.

Primeras exploraciones españolas

La primera exploración española del golfo de Nicoya se remonta a 1519, cuando llegó a sus aguas una expedición marítima encabezada por Juan de Castañeda y Hernán Ponce de León, que había ya recorrido gran parte del litoral pacífico de la actual Costa Rica. Los españoles tuvieron un enfrentamiento con los indígenas que habitaban en la margen oriental del golfo, posiblemente los de Orotina, y se retiraron.

Posteriormente, en 1522-1523, Gil González Dávila efectuó por tierra un recorrido por las costas costarricenses, en dirección hacia el noroeste, y al llegar al reino de Chorotega, el tesorero de la expedición Andrés de Cereceda consignó que era caribe (antropófago) y que de allí en adelante los demás pueblos también lo eran. Al noroeste del reino de Chorotega, la expedición visitó los dominios diversos monarcas indígenas, recogiendo oro y efectuando bautizos, cuyas cifras permiten dar cierta idea de las dimensiones e importancia de las comunidades visitadas, según la relación de Cereceda:

Chorotega, en el golfo de San Vicente, 487 bautizos, 708 pesos de oro,Chira, 468 pesos de oro,Gurutina, 5 leguas adelante de Chorotega, 713 bautizos, 6053 pesos,Chomi (Chomes), 6 leguas tierra adentro, 683 pesos de oro,Pocosí, 4 leguas de Gurutina, 133 pesos de oro,Paro, 2 leguas adentro, 1016 bautizos, 657 pesos de oro,Canjén (Cangel), 3 leguas adelante de Paro, 1118 bautizos, 3257 pesos de oro,Nicoya, 5 leguas adelante de Canjén, tierra adentro, 6063 bautizos, 13441 pesos de oro,Zabandi (Zapandí), 5 leguas adelante de Nicoya, no hubo bautizos ni se recogió oro,Corevisi (Corobicí), 4 leguas adelante de Sabandi, 210 bautizos, 840 pesos de oro,Diriá, a 8 leguas de Corovisi, 150 bautizos, 133 pesos de oro,Namiapí, 5 leguas adelante de Diriá, en la costa del mar, 6 bautizos, 172 pesos de oro y 22 de perlas,Orosí, 5 leguas tierra adentro, 134 bautizos, 198 pesos de oro,Papagayo, 10 leguas adelante, 137 bautizos, 259 pesos de oro,Avancari, en la costa del golfo,Cotori, en la costa del golfo.


Conquista española

La región del golfo de Nicoya despertó cierto interés en los españoles, ante la posibilidad de que existiese comunicación entre el río Tempisque y el lago de Nicaragua, lo cual permitiría el paso interocéanico. Por esta circunstancia el golfo fue llamado “el Estrecho Dudoso”. En las cercanías de su costa oriental se fundó en 1524 la villa de Bruselas, y los indígenas de la región fueron dados en encomienda a sus vecinos. Sin embargo, pronto se hizo evidente que la mencionada comunicación interocéanica no existía. Además, Bruselas se vio envuelta en las rivalidades entre diversos conquistadores y fue definitivamente abandonada en 1527.

En los años siguientes, las sociedades indígenas de Guanacaste fueron víctima de una brutal explotación por parte de los conquistadores, especialmente los gobernadores de Nicaragua Pedrarias Dávila y Rodrigo de Contreras, quienes fueron titulares de las encomiendas más importantes. Miles de personas fueron exportadas como esclavas a Panamá y al Perú, al extremo de que la península de Nicoya y las regiones aledañas al golfo quedaron casi despobladas.

El dominio castellano produjo grandes y muy negativos cambios en la vida de las sociedades indígenas del territorio, cuyas formas culturales propias empezaron gradualmente a desaparecer. Los patrones de asentamiento indígenas fueron desarticulados casi por completo, ya que se obligó a las poblaciones a congregarse en pueblos llamados reducciones, trazados según los modelos españoles, y esto produjo la pérdida de costumbres y tradiciones en todos los órdenes. Aunque en las reducciones solo podían residir indígenas, la aculturación de las comunidades autóctonas, agravada por el descenso demográfico, fue quizá más rápida y profunda que en otros territorios mesoamericanos. Persistieron elementos de resistencia durante largo tiempo, pero el idioma, la religión, la vestimenta, los patrones de familia y parentesco y otros muchos elementos culturales de los castellanos pronto fueron desplazando a los locales. El idioma chorotega desapareció por completo, al extremo que de él solo se conocen hoy unas pocas palabras.


Corregimiento de Nicoya (1554-1787)

En 1554 se creó la Alcaldía Mayor o Corregimiento de Nicoya. El primer Corregidor fue Pedro Ordóñez de Villaquirán y Velasco, quien someiíó a los indígenas de Chomes, en la margen oriental del golfo de Nicoya. El Corregimiento tuvo como cabecera al pueblo de Nicoya, y sirvió como punto de avanzada para la conquista de Costa Rica a partir de 1561. Después de la desaparición del efímero Corregimiento de Chomes, erigido en 1576, la frontera entre Costa Rica y el territorio de Nicoya quedó de hecho demarcada por los ríos Tempisque y Salto. Debido a que tanto Costa Rica como Nicaragua y Nicoya estaban bajo la soberanía de la Corona castellana y las zonas fronterizas estuvieron durante varios siglos prácticamente deshabitadas, la ausencia de delimitación precisa no planteó problemas de consideración sino hasta después de la separación de España.

En la época del Corregimiento, el territorio de Nicoya continuó despoblándose, y para 1684 solamente quedaban en él 702 familias indígenas, distribuidas en las reducciones de Nicopasaya, Nicoya, San Juan de Indiriá, San Pedro de Cangel, Santa Catalina de Nandayure, Santiago de Chira y Santo Domingo de Cabo Blanco. La disminución demográfica indígena prosiguió en el siglo XVIII, al extremo de que a mediados de éste ya solo subsistía un pueblo indígena, el de Nicoya. Todos los demás habían desaparecido. Lo que sí surgieron fueron pueblos de ladinos o mestizos. Como estos tenían prohibido asistir a misa en los pueblos indígenas, las autoridades tuvieron que autorizar la construcción de algunas ermitas, alrededor de las cuales se fueron formando lentamente ciertos pueblos. Este fenómeno se dio inicialmente en la margen oriental del golfo, en territorios bajo jurisdicción de Costa Rica. El despoblamiento y la decadencia de la ciudad de Esparza había hecho a muchas familias trasladarse al noroeste, donde a fines del siglo XVII surgió el pueblo de Bagaces, cuya ermita fue erigida en 1686, y más tarde el de Las Cañas, en 1739. En el Corregimiento de Nicoya, donde no había una sola ciudad o villa de españoles, las mismas motivaciones religiosas hicieron surgir los pueblos de Guanacaste (hoy Liberia) y Santa Cruz.

La principal actividad económica de la región en los siglos XVII y XVIII fue la de grandes haciendas de ganadería extensiva, con un bajo nivel técnico y pobre inversión de capital. Estas haciendas, cuyos propietarios generalmente residían en Nicaragua o en el Valle Central de Costa Rica, utilizaron principalmente mano de obra asalariada en dinero o en especie, aunque siempre en número muy exiguo. Aunque el clima de la región era propicio para el desarrollo de plantaciones de añil, que en otras regiones del Reino de Guatemala tuvieron un gran éxito, la ausencia de mano de obra suficiente lo hizo imposible, y prácticamente los únicos productos de exportación que tuvo Nicoya fueron el sebo o grasa del ganado, utilizado en la fabricación de velas, y los cueros de las reses. La carne no se exportaba debido a la imposibilidad de su conservación adecuada.

El Partido de Nicoya en la Intendencia de León de Nicaragua;En 1787 el Corregimiento fue suprimido y el territorio fue agregado a la Intendencia de León de Nicaragua, con el nombre de Partido de Nicoya. En Nicoya se nombró un Subdelegado de Intendencia, subalterno del Intendente de León.

Para 1801, según los cálculos del obispo Bernardo Augusto Thiel, la mayoría de la población del actual Guanacaste era de orígenes mulatos, aunque los llamados mulatos sin duda tenían también una importante proporción de sangre indígena y española. Las castas o grupos raciales estaban distribuidos así:

Nicoya 2732 mulatos, 662 indígenas, 18 españoles y 8 mestizos,Guanacaste, 790 mulatos, 47 indígenas, 45 españoles y 30 mestizos,Bagaces, 672 mulatos, nadie de otras castas,Las Cañas, 425 mulatos, nadie de otras castas.

El Partido de Nicoya en la Provincia de Nicaragua y Costa Rica

En 1812, poco después de emitir la Constitución de 1812, las Cortes españolas dividieron el territorio del antiguo Reino de Guatemala en dos provincias, la de Provincia de Guatemala y la Provincia de Nicaragua y Costa Rica. Para la elección de Diputados a las Cortes ordinarias de 1813-1815, el partido de Nicoya fue unido con Costa Rica; pero en 1814 se restableció el absolutismo y se volvió a la situación anterior a 1812.

En 1820, poco después de haberse restablecido la monarquía constitucional, al efectuarse la división administrativa de la Provincia de Nicaragua y Costa Rica, Nicoya pasó a ser uno de sus partidos, junto con los de Costa Rica, El Realejo, Granada, León, Nicaragua (Rivas) y Nueva Segovia. Cada partido estaba regido por un Jefe Político Subalterno, que dependía del Jefe Político Superior residente en León.

Los años de la Independencia y la anexión a México (1821-1824) En 1821, al producirse la separación de España y disolverse la Provincia de Nicaragua y Costa Rica debido a la formación de gobiernos separados en Granada y Costa Rica, el Partido de Nicoya permaneció un tiempo sujeta a las autoridades de León. A principios de 1822, el Jefe Político Superior don Miguel González Saravia y Colarte separó de su cargo al Jefe Político Subalterno de Nicoya Pedro Sobenes y lo reemplazó con Francisco de Alvarado, pero al enterarse de esa decisión, en marzo, el ayunatmiento de Nicoya se negò a aceptarla. Sobenes permaneció al frente del gobierno y el 4 de mayo de 1822 presidió las ceremonias del juramento de fideliadd al Imperio Mexicano. Poco después, Nicoya se separó de León y se unió a Granada. El 30 de marzo de 1823, el pueblo de Nicoya juró fidelidad al Emperador Agustín I, sin saber que había abdicado el 19 de ese mes.

Este fenómeno de que los pueblos se agregasen o se separase de jurisducciones superiores fue muy común en la Centroamérica de esa época. Por ejemplo, en enero de 1822 la villa de Heredia decidió separarse de Costa Rica y volver a la jurisdicción de León, situación en la que se mantuvo hasta el 7 de abril de 1823, cuando se reincorporó a Costa Rica.Después de la caída del Imperio, los pueblos de Nicoya y Santa Cruz permanecieron unidos a Granada, mientras que el pueblo de Guanacaste (Liberia) decidió el 22 de mayo de 1823 unirse nuevamente a León.

En 1823, mientras en Guatemala se reunía la Asamblea Nacional Constituyente de las Provincias Unidas del Centro de América, el gobierno de Costa Rica envió a Nicaragua una misión diplomática, cuyo titular era don Mariano Montealegre Bustamante. El 16 de agosto de 1823, el enviado de Costa Rica firmó con las autoridades de Granada el tratado Montealegre-Velasco, en el cual se consignó que "conociendo que el partido de Nicoya, por su situación topográfica, puede recibir mayores ventajas del Gobierno de Costa Rica, a cuya Provincia está más contiguo, el Gobierno de Granada lo informará así a la Soberana Asamblea Constituyente para su determinación". El 9 de setiembre, Montealegre suscribió con las autoridades de León otro convenio, el tratado Montealegre-Solís, en el cual se dijo que "por lo que mira a la incorporación de Nicoya a la provincia de Costa Rica, propuesta por su enviado, se aguardará la división que ha de hacer la Asamblea."


Anexión a Costa Rica

El 5 de mayo de 1824 el gobierno de Costa Rica invitó a los pueblos del partido de Nicoya a unirse a su provincia. En la municipalidad de Guanacaste (Liberia), prevaleció el apoyo a la anexión, pero el vecindario no compartió esa opinión y el 23 de mayo la población declinó la propuesta. Por su parte, el 27 de junio de 1824, la recién instalada municipalidad de Santa Cruz, junto con la mayor parte del vecindario, acordó que se aceptaría lo que decidiese sobre el particular la municipalidad de Nicoya; pocos días después se manifestó a favor de la anexión.

El 4 de julio de 1824, la Municipalidad de Nicoya, presidida por el Jefe Político Subalterno Manuel Briceño, decidió agradecer la invitación de Costa Rica y permanecer unida a Nicaragua, por considerar que el partido "no puede ser disidente", aunque agregando, "sino es que la Asamblea Nacional Constituyente del Centro de América determine otra cosa que le sea más conveniente al Partido". Sin embargo, el 25 de julio cambió de parecer y acordó la anexión a Costa Rica. Por consiguiente, la Anexión de Nicoya a Costa Rica efectuada en 1824 comprendió únicamente a los pueblos de Nicoya y Santa Cruz, que tenían respectivamente 1978 y 2502 habiatntes, mientras que el pueblo de Guanacaste, con 1366, permaneció adherido a Nicaragua.

El 9 de diciembre de 1825, el Congreso de la República Federal de Centroamérica aprobó un proyecto de ley en el cual se disponía que mientras no se hiciese la demarcación del territorio de los Estados federados, "el Partido de Nicoya continuará separado del Estado de Costa Rica y agregado al de Costa Rica." El proyecto fue vetado por el Senado federal, pero el Congreso lo reselló el 18 de marzo de 1826, y como consecuencia, el pueblo de Guanacaste quedó también unido a Costa Rica.

El Departamento de Guanacaste

El Estado de Costa Rica estaba originalmente dividido en dos deparatmentos, el Oriental, con cabecera en Cartago, y el Occidental con cabecera en Alajuela, dentro del cual fue comprendido el territorio del Partido de Nicoya. Aunque el pueblo de Nicoya era la cabecera del partido, Guanacaste iba creciendo en importancia, y en 1831 recibió el título de villa.

Mediante una ley aprobada el 24 de marzo de 1835, durante el gobierno de Manuel Fernández Chacón, se creó un tercer Departamento, con el nombre de Guanacaste, que comprendía no solamente las poblaciones del antiguo Partido de Nicoya (la villa de Guancaste y los pueblos de Nicoya y Santa Cruz) sino además Bagaces (erigida en villa en noviembre de 1824) y Las Cañas, que siempre habían pertenecido a Costa Rica. Como cabecera del nuevo departamento fue designada la villa de Guanacaste.

En 1836 Guanacaste fue invadido desde Nicaragua por un grupo de exiliados costarricenses, dirigidos por el coronel Manuel Quijano y García. La invasión fue rechazada, y como reconocimiento a su lealtad, la villa de Guanacaste recibió el título de ciudad en setiembre de 1836 y Nicoya el de villa en noviembre de 1837.De conformidad con el texto constitucional costarricense de 1841 (Decreto de Bases y Garantías), el Departamento de Guanacaste comprendía las poblaciones entre el río La Flor, fronterizo con Nicaragua, hasta el río Chomes, hoy denominado río Lagartos.

La Provincia de Guanacaste

La Constitución de 22 de noviembre de 1848 sustituyó los departamentos por provincias, entre ellas la de Guanacaste, que por ley de 7 de diciembre de ese año quedó dividido en los cantones de Bagaces y Cañas, Guanacaste, Nicoya y Santa Cruz, subdivididos en distritos. En la ciudad de Guanacaste residiría el Gobernador provincial, nombrado por el Presidente de la República, y en cada cantón habría un Jefe Político y una municipalidad.

En 1854, a solicitud de sus habitantes, el Congreso cambió la denominación de provincia de Guanacaste por la de provincia de Moracia, en homenaje al Presidente Juan Rafael Mora Porras, y la de ciudad de Guanacaste por la de ciudad de Liberia. En 1860, sin embargo, se volvió a designar a la provincia con el nombre de Guanacaste.La Anexión de Nicoya a Costa Rica fue finalmente aceptada por Nicaragua en el tratado Cañas-Jerez de 1858, confirmado por el Laudo Cleveland de 1888.

En 1877 el gobierno del Presidente don Vicente Herrera Zeledón creó el cantón de Carrillo, con los pueblos de Siete Cueros, Boquerones (rebautizado como Palmira), Sardinal y Belén. Como cabecera fue designada Siete Cueros, a la cual se le dio el nombre de Filadelfia, en homenaje al militar Filadelfo Soto. En 1878 el Presidente Tomás Guardia Gutiérrez creó el cantón de Cañas, separando su territorio del cantón de Bagaces. En el siglo XX se crearon nuevos cantones: Abangares (1915), Tilarán (1923), La Cruz, Nandayure y Hojancha (1971).

El polémico decreto de 1915

A pesar de la división provincial establecida por ley en 1848, en 1915 un decreto del Presidente Alfredo González Flores segregó de Guanacaste el territorio sur de la península de Nicoya (los pueblos de Cóbano, Jicaral, Lepanto y Paquera) y lo agregó a la provincia de Puntarenas, con cuya cabecera había mayor facilidad de comunicación en esa época. Este decreto ha sido reiteradamente objetado por los guanacastecos, quienes han pedido insistemente que se devuelvan esos territorios a su provincia; sin embargo, permanecen todavía hoy como parte de Puntarenas. También pertenecen a Puntarenas las islas de Chira, San Lucas y las demás del golfo de Nicoya, que tradicionalmente habían estado vinculadas con el Corregimiento y después con el Partido de Nicoya, no con al provincia de Costa Rica. Ha habido alguans iniciativas en la Asamblea Legislativa de Costa Rica para restablecer la situación anterior al decreto, pero ninguna se ha materializado.